Cuando se habla de Violencia de Género, se refiere a toda forma de acto o acción del hombre hacia la mujer, motivado por odio, rencor, desprecio o discriminación por el simple hecho de ser mujer, dejando claro, que la violencia ha pasado, de una violencia Psicológica a una física y ha llegado a su extrema y última expresión; femicidio / feminicidio, considerada como la “la más brutal expresión de la violencia del hombre hacia la fémina”.
Marco Fernández |
Desde hace años, se consideraban las muertes violentas de mujeres, como, “crímenes pasionales”, investigado como un simple homicidio o en la mayoría de las investigaciones indicaban que era un suicidio porque la mujer no quería terminar la relación con su pareja, hasta ese extremo se había llegado. Actualmente, hay muchos países donde los operadores de justicia y cuerpos policiales de investigación mantienen la misma tesis, que ha conllevado a muchas muertes de mujeres sin tener una respuesta dejándola a un lado como si nada ha pasado.
Las Organizaciones internaciones como; La Organización Mundial de la Salud (OMS), Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, Observatorio Nacional del feminicidio; remiten diariamente y constantemente un sinfín de cifras estadísticas a nivel mundial, donde reflejan las muertes de mujeres provocada por su pareja, ex pareja, amigo o familiar por su condición de género.
Sin embargo, se han creado instrumentos internacionales como lo es, el Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por razón de Género femicidio / feminicidio, todo a objeto de respetar el proceso de investigación sin violar los principios probatorios y el debido proceso para que el Fiscal obtenga elementos suficientes y sustentables y el juez tome una decisión dentro de un contexto justo.
Los operadores de justicia y especialista en investigación en materia de violencia de género femicidio / feminicidio, deben de investigar e indagar con esencia de mujer y perspectiva de género, para tener una decisión ajustada a derecho. Recordando a su vez, que cuando se investiga en materia de género no se puede ver a la mujer como un objeto sino como un sujeto de investigación, evitando la impunidad, la re victimización y tener el acceso a la justicia.
Por: Marco Fernández.-
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